Área licencias Consejo Escolar Moreno
miércoles, 7 de junio de 2023
miércoles, 24 de mayo de 2023
martes, 16 de mayo de 2023
AUSENTE A JUNTA MEDICA
MORENO, 16 DE MAYO DE 2023
Estimados/as, los únicos motivos que
justifican la no comparecencia a junta médica son:
- Internación en institución médica
o internación domiciliaria: con reposo absoluto e imposibilidad de
traslado, acreditándolo en la Historia Clínica presentada en la Solicitud de
Mis Licencias o aportada en el Ticket GLPI
A los efectos de conseguir otra fecha de
citación a junta médica presencial, debe crear una nueva Solicitud en la
plataforma Mis Licencias, con el fin de concretar la coordinación y citación a
un Acto Médico presencial que emita dictamen.
Saludos
miércoles, 10 de mayo de 2023
MEDICO A DOMICILIO 10/05/2023
Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo
Dirección General de Cultura y Educación.
Les informa a las y los agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que
quienes realicen una nueva solicitud de licencia médica, por medio de la plataforma
Mis Licencias, deberán completar un formulario con el domicilio real (particular o
accidental) en el cual se encuentren realizando el reposo laboral por razones de
enfermedad en el marco del Art. 49 de la Ley 10.430 y del Art. 114 Inc. A del Decreto
688/93 -Ley 10.579.
A continuación se ejemplifica el formulario a completar:
MEDICO A DOMMICIILIO |
martes, 14 de marzo de 2023
Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del trabajo
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Estimados/as, recordamos que si antes de la finalización del periodo anterior de readecuación de tareas o durante la espera a la citación los agentes se enferman y necesitan una licencia prolongada, no le va a ser otorgada la renovación de readecuación, prevalece la licencia por enfermedad, y recién cuando tenga el alta de esa licencia, va a poder cargar una nueva solicitud de readecuación.
Por ende si la licencia es por 30
días, tendríamos que limitar la solicitud del cambio de funciones al xx/xx,
ingresar la licencia y una vez finalizada la licencia recién ahí
podrá ingresar la nueva solicitud de readecuación de tareas.
COMUNICADO CENTRO MEDICO ZONALES Y REGIONALES
viernes, 2 de diciembre de 2022
miércoles, 9 de noviembre de 2022
A partir del01/12/2022
Moreno, 07 de noviembre de 2022
REQUISITOS BÁSICOS DEL CERTIFICADO MÉDICO PARA LA SOLICITUD DE LICENCIA.
La Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo informa que a partir del 1° de Diciembre del corriente año, los y las agentes de la Dirección General de Cultura y Educación deberán, al momento de solicitar una licencia o readecuación de tareas / cambio de funciones, contar con una serie de requisitos obligatorios detallados en el siguiente documento.
• TODOS LOS CERTIFICADOS MÉDICOS DEBEN ESTAR CONFECCIONADOS EN FORMULARIOS CON MEMBRETE O QUE CONTENGA EL NÚMERO DE TELÉFONO DEL CONSULTORIO, O INSTITUCIÓN O ESPECIALISTA.
• DEBEN REDACTARSE EN FORMA MANUSCRITA O INFORMÁTICA CON LETRA CLARA Y LEGIBLE.
• ADEMÁS DEBEN CONTEMPLAR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
- Nombre y Apellido del paciente
- Dni
- Diagnóstico
- Fecha de confección del certificado (en caso de ser otra a la fecha de reposo)
- Fecha de inicio del reposo, duración del mismo
- Tratamiento (con medicación u otro)
- Firma y sello del profesional con matrícula y especialidad
• SEGÚN LA ESPECIALIDAD TAMBIÉN DEBE CONTEMPLAR LO SIGUIENTE:
• PSIQUIATRÍA:
- Clasificación según los Ejes del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM IV), detallando el Eje V, Escala de evaluación de la actividad global (EEAG)
- Tratamiento instaurado ( medicación, psicoterapia u otro)
- Cantidad de días solicitados de licencia en relación a: síntomas/ signos agudos/ crónicos
- Respuesta al tratamiento
• PATOLOGÍA ONCOLÓGICA:
- Fecha de inicio de la enfermedad
- Estadio, detalle del tratamiento, estado clínico actual con síntomas y signos, toxicidades
- Cantidad de días solicitados de licencia en relación a: síntomas/ signos agudos/ crónicos
- Estado funcional del Grupo Oncológico Cooperativo del Este (ECOG valora la evolución de las capacidades del paciente)
• PATOLOGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLÓGICA:
- Diagnóstico, tipo de lesión y segmento afectado (especificar izquierda, derecha y/o bilateral)
- Tratamiento médico y/o kinesiología
- Estudios complementarios según patología con sus correspondientes informes: RX, tomografía computada, resonancia nuclear magnética, mielo tomografía
- Días de reposo
• PATOLOGÍA QUIRÚRGICA:
- Diagnóstico (indicando parte del cuerpo intervenida)
- Especificar si el pos-operatorio presentó complicaciones
- Foja quirúrgica
- Fecha quirúrgica, días de hospitalización y días de reposo indicados al alta hospitalaria
• PATOLOGÍA GINECOLÓGICA (TRASTORNOS DEL EMBARAZO):
- Semana de gestación, fecha probable de parto
- Diagnóstico y tratamiento
- Ecografía ginecológica • POR FAMILIAR:
- Diagnóstico del familiar, resumen de historia clínica
• EN CUANTO A LAS PATOLOGÍAS CON MAYOR TIEMPO DE EVOLUCIÓN NO PODRAN SUPERAR LOS 180 DÍAS.
• LOS ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS EN PATOLOGÍAS AGUDAS DEBERÁN SER DE LOS ÚLTIMOS 30 DÍAS.
jueves, 1 de septiembre de 2022
INFO: IMPORTANTE
Moreno, 1° septiembre de 2022.
Estimados/as:
Desde este Consejo Escolar se informa que cada docente sea cual fuere su cargo,
debe conocer las pautas estatutarias a la hora de pedir una licencia
administrativa, haciéndose responsable de la información brindada en las
planillas que obran en carácter de declaración jurada, destacando que el
área de licencias no se responsabiliza por dicho trámite.
Atento a que el otorgamiento o no de cada licencia depende de la
administración central, queda bajo la exclusiva responsabilidad de cada docente
la documentación presentada.
Área de licencias médicas
Consejo Escolar de Moreno
viernes, 26 de agosto de 2022
RECUPERAR CONTRASEÑA ABC
Recuperar contraseña
del ABC
Si el usuario perdió u olvidó su contraseña podrá restablecerla siguiendo estos pasos: - En la página de inicio (abc.gov.ar), debajo de los bloques de inicio de sesión, se debe presionar en el link que dice: “¿Olvidó su nombre de usuario o contraseña?”.
- Luego se deberá
suministrar el nombre de usuario o el correo electrónico con el cual se
registró.
Automáticamente se enviará un correo electrónico,
confirmando la solicitud y un enlace que dirigirá al usuario a la siguiente
pantalla para establecer su nueva contraseña de acceso. Deberá ingresar la
nueva contraseña dos veces y luego hacer clic en “Guardar cambios”.
Sistema de Reclamos GLPI
Sistema de Reclamos
Las consultas y reclamos deben realizarse por medio de la herramienta GLPI ingresando a https://frontglpi.abc.gob.ar
Allí deberá:
- 1. Consignar su requerimiento de manera similar a cualquier mensaje enviado por correo electrónico
- 2. Consignar un ASUNTO
- 3. Desarrollar el texto y adjuntar documentación en formato PDF.
viernes, 19 de agosto de 2022
jueves, 23 de junio de 2022
Comunicado sobre juntas medicas del día 27/06/2022
jueves, 2 de junio de 2022
TAREAS LIVIANAS Y READECUACION DE TAREAS
TRÁMITE DE READECUACIÓN DE TAREAS – del personal docente (art.121 de la Ley 10579) y del personal auxiliar (art.49 de la Ley 10430)
El desempeño laboral con la figura de READECUACIÓN DE TAREAS, es un derecho estatutario al que acceden docentes y auxiliares con situación de revista TITULAR, que mediante evaluación en junta médica, acrediten una “Disminución o Pérdida Parcial de la Capacidad Laboral” - ocasionada por una enfermedad inculpable de larga duración, que no evoluciona hacia una pronta recuperación total que permita su reintegro para cumplir a pleno con todas las funciones del/los cargo/s que ostenta - pero manteniendo una “Capacidad Laboral Residual” que permite la reinserción laboral con tareas limitadas.
Pedido De Readecuación De Tareas:
Se habilita el pedido de junta médica para ACCEDER a una de Readecuación de Tareas, cuando docentes o auxiliares crean una Solicitud en la plataforma Mis Licencias, ingresando en la misma un periodo mayor a 90 días de duración; siempre que como antecedente, hasta el día anterior a la fecha de inicio declarada en la nueva solicitud, haya cumplido con una licencia por enfermedad de un diagnóstico igual o afín al declarado en la nueva Historia Clínica.
Hasta que se le comunique la fecha de citación a la junta médica presencial, deberá seguir cumpliendo con reposo laboral total, sin asistir al lugar de trabajo. Toda vez que hasta tanto ocurra la intervención de la junta médica especializada, no habrá un dictamen que habilite a la Autoridad Distrital de la DGCyE, para propiciar un Acto Administrativo que definición el destino donde cumplir la Readecuación de Tareas con las condiciones laborales limitadas, según sean certificadas en el Acto Médico.
Renovación De Readecuación De Tareas:
Agotado el periodo de una Readecuación de Tareas aconsejada en la última junta médica que haya evaluado al personal docente o auxiliar, podrán requerir una RENOVACIÓN de la misma, creando una nueva solicitud de junta médica en la plataforma Mis Licencias, ingresando un periodo mayor a 90 días de duración y adjuntando la Historia Clínica actualizada con los respectivos estudios diagnósticos complementarios.
Hasta que se le comunique una fecha de citación a la junta médica presencial, deberá continuar trabajando con la modalidad de Readecuación de Tareas en el mismo destino oportunamente dispuesto por la Autoridad Distrital de la DGCyE, y con las mismas tareas vedadas que fueran indicadas en el último dictamen médico obrante en la plataforma Mis Licencias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS 02 de Junio de 2022
lunes, 23 de mayo de 2022
COVID 19 INFECCION
Solicitud por Covid 19 - infección
En caso de presentar sintomatología compatible con Covid-19 deberá,
en primera instancia, comunicarse al teléfono:
148 (PORTAL
CORONAVIRUS GOBIERNO DE LA PROV. DE
BUENOS AIRES) brindando
toda la información de los síntomas,
la cual es Indispensable para el diagnóstico clínico- epidemiológico o criterio de testeo.
De ser confirmado Covid-19 Positivo se otorgará un NÚMERO DE CASO/SUCESO mediante el 148, el cual deberá ser incorporado en la App Mis Licencias, sin
necesidad de adjuntar documentación.
Una vez otorgado dicho número todos los y las agentes de la Dirección
General de Cultura
y Educación, podrán
solicitarla de la siguiente manera
mediante la aplicación Mis Licencias:
De ser confirmado por otro medio dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires,
ya sea mediante hisopado o por
criterio clínico epidemiológico, deberá adjuntar en la App Mis licencias la certificación de positividad o la captura
de la App Mi Argentina, confirmando dicha positividad.
Criterios de testeo
con sintomatología de SARS-CoV-2:
·Mayor de 60 años.
·Tener
alguna enfermedad de riesgo. Estar cursando
un embarazo.
Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo Dr. Néstor Daniel Carril
lunes, 25 de abril de 2022
114 h profilaxis p DOCENTES Y AUXILIARES
PARA INFORMAR A
DIRECTIVOS:
REQUISITOS DE LA SOLICITUD junta médica por 114 h profilaxis
p
Estas juntas médicas serán requeridas por autoridad escolar,
incorporando a la solicitud copia autenticada del Acta de aplicación del
artículo 114 inciso H. 1 en caso del personal docente o Acta de notificación en
caso de personal auxiliar, más el informe de seguimiento del desempeño laboral
del agente que ha sido alejado de su puesto de trabajo, el que deberá contar
con los motivos que tuvo la autoridad escolar para presunción de la existencia
de una enfermedad. En caso que el agente desempeñe sus tareas en más de un
establecimiento, se requerirá un informe por cada Directivo, y acta de aval a
la solicitud del/los Inspectores de Área en el caso de un docente, o del
Presidente y/o Secretario Técnico del Consejo Escolar cuando corresponda a un
auxiliar.
GESTIÓN PARA EVALUACIÓN EN JUNTA MÉDICA
La Auditoría Médica del Departamento Técnico de Gestión y
Control de la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y
MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, verificará el mérito de la solicitud
y de corresponder gestionará de inmediato un turno de Junta Médica
especializada en el Centro Médico Zonal o Centro Médico Regional que corresponda,
comunicando a la Autoridad Escolar interviniente: Lugar, fecha y hora a
realizarse el examen médico; teniendo la autoridad escolar a su cargo la
notificación fehaciente al agente que fuera apartado de sus tareas habituales
por la presunción de una enfermedad.
JUNTA MÉDICA Cuando el objeto de atención clínica del acto
médico (informe de seguimiento laboral y examen médico) la junta médica
concluye que el caso no se relaciona con un problema de salud, no serán
imputadas las inasistencias por razones de enfermedad e indicará el reintegro a
las tareas habituales a partir de la fecha de realización de la junta médica.
Por otra parte, la Junta Médica especializada en caso de corroborar la
existencia de una patología que afecte la capacidad laborativa del agente,
aconsejará la licencia que corresponda desde la fecha de aplicación, emitiendo
un dictamen de la forma habitual.
COMUNICACIÓN DEL RESULTADO DE JUNTA MÉDICA El dictamen de la
Junta Médica especializada se remitirá desde el Centro Médico Zonal o Centro
Médico Regional a la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO,
que previa intervención de la Auditoría Médica del Departamento Técnico de
Gestión y Control, comunicará formalmente el resultado del acto médico a la
Autoridad Escolar Competente DISTRITAL que inició el trámite, a los efectos del
curso de las actuaciones según lo establezca la legislación vigente
miércoles, 30 de marzo de 2022
AVISO: JUNTAS MEDICAS PRESENCIALES
La Plata, 28 de mar. de 22.
COMUNICADO JUNTAS MÉDICAS PRESENCIALES
Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo DGCYE
Se informa a las y los agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que quienes realicen una nueva solicitud de licencia a partir del día 1/4/2022 y deban tener control médico laboral mediante una Junta Médica, la misma será de forma presencial.
En este sentido, toda solicitud realizada por medio de la plataforma Mis Licencias y una vez coordinada la fecha de citación por la misma, será de manera presencial ante los y las médicos/as del Centro Médico seleccionado en la aplicación.
Se les recuerda, asimismo, que deberán presentarse con la documental médica pertinente para poder ser evaluados.
Director de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo Dr. Carril Néstor Daniel
miércoles, 23 de marzo de 2022
LICENCIA ADMINISTRATIVA " Licencia por Prácticas Docentes: 114.LL.1.3"
Licencia por Prácticas Docentes: 114.LL.1.3
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Constancia de la práctica o residencia a realizar autenticada.
*Nota del directivo de la Institución avalando la licencia solicitada.
AVISO IMPORTANTE:
AVISO IMPORTANTE:
MORENO, 27 DE MARZO DE 2022 CONSEJO ESCOLAR ÁREA DE LICENCIAS
Se informa a los agentes que a partir del día de la fecha, las licencias administrativas tales como limitación, vacaciones diferidas y algunos de los artículos 114 y 115 con sus incisos, serán recepcionadas con los requisitos que más abajo se detallan, sin excepción.
Los formularios para solicitar la licencia pueden ser descargados del blog del área de licencias a través del siguiente link:
https://arealicenciasce073.blogspot.com/
Licencia por Lactancia: 114.D1.11
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia. *1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*1 fotocopia del DNI del recién nacido, autenticada por la escuela.
*1 fotocopia de la partida de nacimiento, autenticada por la escuela.
Licencia por Unidad Familiar: 114.I.1
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar. *1 fotocopia del DNI de todo el núcleo familiar (ambas caras).
*1 Copia del acta de matrimonio. En caso de no contar con dicha acta, la declaración jurada de concubinato en el organismo estatal pertinente, o con una acta redactada y firmada por un escribano público.
*Contrato laboral del cónyuge (en caso de existir).
*Contrato de locación/alquiler y/o compra-venta de vivienda.
Licencia por Prácticas Docentes: 114.LL.1.3
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Constancia de la práctica o residencia a realizar autenticada.
*Nota del directivo de la Institución avalando la licencia solicitada.
Licencia por Causas Particulares: 114.O.1 (según antigüedad docente)
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
Licencia por Estudio o Perfeccionamiento Docente: 115.A.1
*2 planillas correspondientes al art. (dice 115 a.1, es diferente a la planilla que dice 114/115) En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar *1 fotocopia de la inscripción a la/s materia/s, constancia de alumno regular y plan de estudio de la carrera, autenticado por el cuerpo de conducción de la escuela.
*Además, el solicitante deberá agregar la solicitud fundada de su pedido por escrito y el superior jerárquico su informe y opinión sobre la conveniencia del otorgamiento de la licencia.
Licencia por Actividad de Interés Público o de Estado: 115. C
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar. *Constancia de la actividad a realizar, autenticada.
*Nota del directivo de la Institución avalando la licencia solicitada.
Licencia por Mayor Jerarquía: 115.D.1
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*1 fotocopia de la disposición del cargo o en su defecto el acta de ofrecimiento, autenticado por el cuerpo de conducción de la escuela.
Licencia por Desempeño o Representación de Cargo Político: 115.E
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo. *1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Documentación que acredite la licencia a solicitar.
Licencia por Art. 58 de la Ley 10.430. 115. F
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo. *1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Lista del Partido/Boleta Electoral. Nota del apoderado del partido.
Limitación de licencia (interrupción de la licencia solicitada)
*2 planillas de limitación originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia de la licencia a limitar autenticada por el directivo del establecimiento.
Vacaciones Diferidas:
Esta licencia puede ser solicitada solamente cuando el docente este en uso de licencia en el periodo que corresponda a su vacación anual, y sólo podrá ser solicitada si está cursando las siguientes licencias:
ART, ENFERMEDAD DE LARGO TRATAMIENTO (MÁS DE 30 DÍAS), CRÓNICA, CIRUGÍAS Y MATERNIDAD.
Para su solicitud deberá presentar:
*2 planillas de corte de licencia o vacaciones diferidas que se completarán en consejo.
*Alta de la patología en cuestión.
IMPORTANTE SE ACLARA QUE TODAS LAS LICENCIAS A TRAMITAR SON EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL DOCENTE. EL TRÁMITE ES PERSONAL PERO EN EL CASO QUE POR CUESTIONES DE ÍNDOLE PERSONAL ÉSTE NO PUDIERA TRAMITARLA, PUEDE ACERCARSE OTRA PERSONA, CON NOTA DEL SOLICITANTE DE LA LICENCIA AUTORIZANDOLO A TRAMITARLA. EN EL CASO DE SER DEL EQUIPO DE CONDUCCIÓN NO NECESITA LA AUTORIZACIÓN MENCIONADA, SALVO QUE SEA DE OTRA PERSONA AJENA A SU INSTITUCIÓN. NO SE ACEPTARÁN FORMULARIOS CON TACHADURAS O ENMIENDAS Y QUE NO CUENTEN CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS, YA QUE DICHO DOCUMENTO TIENE CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA.
ÁREA DE LICENCIAS CONSEJO ESCOLAR
martes, 22 de marzo de 2022
"LIMITACiONES O CORTE DE LICENCIA"
Requisitos:
*2 planillas de limitación originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia de la licencia a limitar autenticada por el directivo del establecimiento.
sábado, 19 de marzo de 2022
viernes, 18 de marzo de 2022
“Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia”
La “Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia” esta destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública provincial centralizada y descentralizada.
Intervinieron en la reglamentación el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, el Ministerio de Trabajo, y la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, que será Autoridad de Aplicación de la Licencia
El Decreto 121/2020 aprueba la reglamentación de la “Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia” creada por Ley N° 14.893 del año 2017, destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública provincial centralizada y descentralizada. Intervinieron en la reglamentación el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, el Ministerio de Trabajo, y la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, que será Autoridad de Aplicación de la Licencia.
Los casos están registrados en forma confidencial y se está trabajando sobre el registro único de casos de violencia. “En estos casos se ha intervenido de diversos modos y en articulación con los municipios. No hay que actuar más por la voluntad de un buen agente que esté atendiendo y que tenga buena onda. Hay responsabilidades desde el Estado y nosotras estamos trabajando para que queden establecidos los procedimientos precisos e institucionales que nos trasciendan, esa es la responsabilidad”.
La Licencia justificará la ausencia total o parcial de una o varias jornadas laborales completas o bien, en permisos que impliquen flexibilidad en el horario de entrada y de salida durante la jornada de trabajo.
La licencia podrá ser otorgada hasta por un plazo de 35 días por año calendario, continuos o alternados. El plazo de otorgamiento de la licencia será retroactivo a la fecha de su solicitud, con la posibilidad de ser prorrogado por un plazo equivalente previo informe favorable del Equipo Interdisciplinario, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan.
El otorgamiento será obligatorio y su uso no podrá ser modificado, suspendido ni interrumpido por razones de servicio. Ninguna trabajadora podrá ser despedida ni sancionada por haber solicitado dicha licencia.
La trabajadora, por sí o a través de una tercera persona podrá solicitarla ante la oficina de personal de la repartición en donde se desempeña, por cualquiera de los medios vigentes. Se entenderá por denuncia todo medio idóneo por el que se haya puesto en conocimiento de un organismo estatal competente la situación de violencia referida, incluyéndose los distintos dispositivos y servicios de atención a víctimas. Ante la solicitud se deberán adoptar todas aquellas medidas especiales de protección tendientes a resguardar su integridad psicofísica y seguridad personal a través de los órganos competentes.
El uso de la licencia no deberá afectar el desarrollo de la carrera administrativa, ni las recategorizaciones que le correspondan a la trabajadora. Tampoco deberá ser un obstáculo ni interferirá en la confirmación de la trabajadora en su cargo.
Cuando se trate de un caso de violencia en el ámbito laboral o en el ámbito del grupo familiar pero quien resulte denunciado trabaje en la misma dependencia pública, se deberán garantizar las condiciones para que la trabajadora pueda desempeñar, en forma segura, sus actividades laborales habituales, implementando las acciones de organización administrativa que fueran necesarias. Ante la denuncia, intervendrá un Equipo Interdisciplinario que cada organismo deberá conformar para el acompañamiento integral de la trabajadora, compuesto por profesionales de la repartición que provengan de disciplinas idóneas para el abordaje de la problemática de la violencia de género.
Todas las dependencias, organismos y agentes que participen en el marco de la tramitación de la Licencia, así como los organismos y equipos de acompañamiento intervinientes, deberán preservar el derecho a la intimidad de la trabajadora y guardar estricta reserva sobre toda documentación e información a la que accedan, las que tendrán carácter reservado y confidencial.
LICENCIA ADMINISTRATIVA Art. 115
Art. 115
a) Por Estudio o Perfeccionamiento Docente.
a.1) Cuando el Agente deba realizar estudios especiales o investigaciones que resulten de interés para la Dirección General de Escuelas y Cultura, en el país o en el extranjero, podrá solicitar Licencia sin goce de haberes por el término que duren los mismos.
Previo al dictamen del Consejo General de Educación y Cultura, el pedido de Licencia podrá ser concedido por el Director General de Escuelas y Cultura.
*2 planillas correspondientes al art. (dice 115 a.1, es diferente a la planilla que dice 114/115) En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar
*1 fotocopia de la inscripción a la/s materia/s,
* constancia de alumno regular y plan de estudio de la carrera, autenticado por el cuerpo de conducción de la escuela.
*Además, el solicitante deberá agregar la solicitud fundada de su pedido por escrito y el superior jerárquico su informe y opinión sobre la conveniencia del otorgamiento de la licencia.
ART 115 A1 DESCARGAR FORMULARIO
Para que esta Licencia pueda ser acordada, el solicitante deberá acreditar una antigüedad mínima de tres (3) años en la docencia oficial de la Provincia de Buenos Aires.
Al finalizar la Licencia, el Agente deberá presentar un informe acerca de los estudios e investigaciones realizadas.
a.2) Por interés particular, cuando el Agente concurra a Congresos, cursos, jornadas de perfeccionamiento docente, se le concederá Licencia sin goce de haberes hasta seis (6) días hábiles por año. Para justificar la Licencia, deberá presentar la constancia de asistencia.
b) Por Representación Gremial.
b.1) La Licencia Gremial será concedida de acuerdo a lo que determinen las Leyes Nacionales vigentes.
b.2) A los Docentes Delegados en el Establecimiento de Organizaciones Gremiales con Personería Gremial, se les otorgará un (1) día de Licencia por mes calendario en el establecimiento en que presten servicios, con goce de haberes, para asistir a reuniones de carácter gremial. A tal efecto, la Organización Gremial comunicará a la Dirección del Establecimiento la nómina de los delegados.
b.3) Cuando las Organizaciones Gremiales mencionadas en el párrafo anterior, convoquen a Asambleas y/o Congresos de carácter ordinario o extraordinario, los delegados a esos organismos podrán solicitar Licencia por los días que dure el mismo, la que se concederá en su caso, con goce de haberes.
b.4) Las organizaciones mencionadas en el inciso anterior, deberán presentar ante la Dirección General de Escuelas y Cultura, la nómina completa de los miembros de la conducción del Gremio y de los delegados docentes, una vez celebrados los Actos Eleccionarios respectivos, mediante documentación que acredite las designaciones, de acuerdo a las normas fijadas por la autoridad con competencia laboral. Asimismo, comunicará toda modificación que se produzca en dicha nómina.
c) Por Actividad de Interés Público o del Estado.
Se concederá Licencia cuando el Docente deba cumplir actividades culturales, académicas o diplomáticas, o realizar estudios, investigaciones, trabajos científicos, técnicos o participar en conferencias o congresos en el país o en el extranjero, declarados de interés público o del Estado, o cuando concurra a los mismos investido de la representación oficial del Organismo.
Esta Licencia podrá ser concedida con o sin sueldo, de acuerdo a las particularidades del caso.
Al efecto de la concesión, dictaminará la Sub-Secretaría de Educación, la que se expedirá sobre sí la actividad a realizar puede ser considerada de interés público o del Estado.
Al término de las actividades y de la Licencia, el Agente deberá presentar ante dicha Sub-Secretaría, un informe acerca delos trabajos realizados.
d) Por Desempeño de Cargos de Mayor Jerarquía.
d.1) Se concederá Licencia sin goce de haberes para desempeñar cargos de mayor jerarquía escalafonaria, en el sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires o en otras jurisdicciones y mientras dure tal desempeño, siempre que las mismas no gocen de estabilidad.
Se considerará Cargo de Mayor Jerarquía en relación al que se desempeña, el correspondiente a un ítem de superior grado jerárquico en el mismo escalafón o en escalafones diferentes.
En caso de que se trate de cargos en otras jurisdicciones, será facultad de la Dirección General de Escuelas y Cultura, interpretar y resolver en cada caso concreto a efectos de determinar si se trata de mayor jerarquía.
REQUISITOS:
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*1 fotocopia de la disposición del cargo o en su defecto el acta de ofrecimiento, autenticado por el cuerpo de conducción de la escuela.
e) Por Desempeño de Cargos Electivos o de Representación Política.
e.1) Por el desempeño de cargos electivos, con excepción del cargo de Consejero Escolar conforme a lo previsto por el artículo 10 de la Ley 10589, se concederá Licencia sin goce de haberes por el término del mandato.
e.2) Se concederá Licencia sin goce de haberes a quienes resulten electos para ocupar cargos de conducción en los partidos políticos reconocidos en jurisdicción Nacional o Provincial.
e.3) Se concederá Licencia sin goce de haberes por el término del desempeño y siempre que se trate de cargos sin estabilidad, cuya designación dependa de un funcionario político.
REQUISITOS:
Licencia por Desempeño o Representación de Cargo Político: 115.E
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Documentación que acredite la licencia a solicitar.
Licencia por Art. 58 de la Ley 10.430. 115. F
*2 planillas correspondientes al art. En originales, tinta azul con firma y sello del directivo de la Institución en donde se solicita la licencia.
*1 fotocopia del DNI (ambas caras) autenticada por el mismo directivo.
*1 fotocopia del último couli (recibo de sueldo) sin autenticar.
*Lista del Partido/Boleta Electoral.
*Nota del apoderado del partido.
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114 o) Por Causas Particulares: o.1) Personal Titular y Provisional: El Docente tendrá derecho a una Licencia sin sueldo, cu...
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Art. 115 a) Por Estudio o Perfeccionamiento Docente. a.1) Cuando el Agente deba realizar estudios esp...