PARA INFORMAR A
DIRECTIVOS:
REQUISITOS DE LA SOLICITUD junta médica por 114 h profilaxis
p
Estas juntas médicas serán requeridas por autoridad escolar,
incorporando a la solicitud copia autenticada del Acta de aplicación del
artículo 114 inciso H. 1 en caso del personal docente o Acta de notificación en
caso de personal auxiliar, más el informe de seguimiento del desempeño laboral
del agente que ha sido alejado de su puesto de trabajo, el que deberá contar
con los motivos que tuvo la autoridad escolar para presunción de la existencia
de una enfermedad. En caso que el agente desempeñe sus tareas en más de un
establecimiento, se requerirá un informe por cada Directivo, y acta de aval a
la solicitud del/los Inspectores de Área en el caso de un docente, o del
Presidente y/o Secretario Técnico del Consejo Escolar cuando corresponda a un
auxiliar.
GESTIÓN PARA EVALUACIÓN EN JUNTA MÉDICA
La Auditoría Médica del Departamento Técnico de Gestión y
Control de la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y
MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, verificará el mérito de la solicitud
y de corresponder gestionará de inmediato un turno de Junta Médica
especializada en el Centro Médico Zonal o Centro Médico Regional que corresponda,
comunicando a la Autoridad Escolar interviniente: Lugar, fecha y hora a
realizarse el examen médico; teniendo la autoridad escolar a su cargo la
notificación fehaciente al agente que fuera apartado de sus tareas habituales
por la presunción de una enfermedad.
JUNTA MÉDICA Cuando el objeto de atención clínica del acto
médico (informe de seguimiento laboral y examen médico) la junta médica
concluye que el caso no se relaciona con un problema de salud, no serán
imputadas las inasistencias por razones de enfermedad e indicará el reintegro a
las tareas habituales a partir de la fecha de realización de la junta médica.
Por otra parte, la Junta Médica especializada en caso de corroborar la
existencia de una patología que afecte la capacidad laborativa del agente,
aconsejará la licencia que corresponda desde la fecha de aplicación, emitiendo
un dictamen de la forma habitual.
COMUNICACIÓN DEL RESULTADO DE JUNTA MÉDICA El dictamen de la
Junta Médica especializada se remitirá desde el Centro Médico Zonal o Centro
Médico Regional a la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO,
que previa intervención de la Auditoría Médica del Departamento Técnico de
Gestión y Control, comunicará formalmente el resultado del acto médico a la
Autoridad Escolar Competente DISTRITAL que inició el trámite, a los efectos del
curso de las actuaciones según lo establezca la legislación vigente
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